arraigo social 2025 requisitos

Si estás en situación irregular en España y buscas una forma legal de regularizar tu residencia, el arraigo social ha sido durante años la puerta de entrada más común. Y en 2025, esta figura legal cambia. Con la entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería el 20 de mayo de 2025, los requisitos y condiciones del arraigo social se han modificado, y es clave que entiendas bien en qué consisten si estás pensando en solicitarlo.

En este artículo te explicamos de forma clara y actualizada qué es el arraigo social en 2025, qué cambios trae la nueva normativa, y cómo saber si esta vía sigue siendo la mejor opción para ti. Además, te contamos paso a paso qué documentos necesitas, cómo justificar tu integración, y qué alternativas tienes si no cuentas con un contrato de trabajo ni familiares directos.

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Este artículo está pensado para ti, que tal vez llevas años en España, trabajando de forma informal, cuidando de tu familia o construyendo un proyecto de vida. Queremos ayudarte a entender tus derechos y tus opciones reales bajo la nueva normativa.

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¿Qué es el arraigo social 2025?

El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Ha sido, durante años, la vía más utilizada por personas extranjeras que llevaban tiempo en España sin papeles y querían regularizar su situación. Pero en 2025, con la entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería, esta figura ha cambiado significativamente.

¿Sigue existiendo? Sí.
¿Sigue siendo útil? Depende de tu situación.
¿Es igual que antes? No.

Una figura para quienes ya tienen vínculos o medios

El nuevo arraigo social 2025 deja de lado la posibilidad de regularizarse simplemente con un contrato de trabajo, como se hacía antes. Ahora, esta vía se reserva principalmente para:

  • Quienes tienen familiares directos residentes en España (padres, hijos, cónyuge, pareja registrada).
  • Quienes disponen de medios económicos suficientes para mantenerse sin depender de terceros.
  • Quienes desean emprender una actividad como autónomos y puedan acreditar recursos y viabilidad.

Si no tienes contrato de trabajo, ni oferta, ni posibilidad de obtenerla (porque estás fuera del sistema formal), esta vía puede ser la única alternativa viable.

Diferencias con el arraigo sociolaboral

Muchas personas confunden el arraigo social con el arraigo sociolaboral, pero son figuras diferentes:

Arraigo SocialArraigo Sociolaboral
Requiere 2 años de residenciaRequiere 2 años también
No necesita contrato laboralSí necesita oferta de empleo (20 h/semana mínimo)
Se basa en vínculos familiares o medios propiosSe basa en relación laboral previa
Puede exigirte informe de esfuerzo de integraciónNo requiere informe de integración

Cambios clave del reglamento a partir del 20 de mayo de 2025

El nuevo reglamento de extranjería, que entra en vigor el 20 de mayo de 2025, redefine por completo cómo funciona el arraigo social en España. Aunque la figura sigue existiendo, su estructura, requisitos y propósito cambian de forma notable. Si estás pensando en regularizar tu situación a través de esta vía, es fundamental que conozcas estas novedades.

1. Reducción del tiempo de residencia: de 3 a 2 años

Hasta ahora, se exigían 3 años de residencia continuada en España para solicitar el arraigo social. Desde mayo de 2025, el nuevo reglamento reduce este periodo a 2 años, siempre que puedas demostrar que has residido de forma continuada (máximo 120 días fuera del país en ese tiempo). Este cambio también se aplica al resto de tipos de arraigo.

Esta reducción pretende agilizar la integración de personas que ya están asentadas y llevan tiempo participando activamente en la sociedad española.

2. El contrato de trabajo ya no es válido para el arraigo social

Una de las transformaciones más relevantes: el arraigo social ya no se podrá tramitar con un contrato de trabajo, como sí era posible en años anteriores. Esa modalidad se traslada ahora a la figura del arraigo sociolaboral, que pasa a ser la principal vía para quienes sí tienen una oferta de empleo.

El nuevo arraigo social 2025 queda limitado a dos escenarios:

  • Personas con vínculos familiares directos residentes en España.
  • Personas con medios económicos propios o plan empresarial como autónomos.

3. Nuevos requisitos: informe de esfuerzo de integración

Cuando el solicitante no tiene familiares directos en España, se exigirá un nuevo documento: el informe de esfuerzo de integración.

Este informe no es lo mismo que el antiguo informe de inserción social. En este caso, se trata de un documento que acredita que la persona ha realizado acciones concretas para integrarse en la sociedad española: cursos de idioma, formación ocupacional, participación comunitaria, etc.

Este informe será emitido por la comunidad autónoma y servirá como respaldo para demostrar tu implicación con el país.

4. Régimen transitorio hasta 2026

El reglamento contempla un régimen transitorio hasta mayo de 2026 para casos muy concretos, como solicitantes de asilo o quienes ya hayan iniciado procedimientos de regularización antes de la reforma. Este punto todavía no está completamente desarrollado, pero puede suponer oportunidades extra para ciertos perfiles.

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Requisitos detallados

Solicitar el arraigo social en 2025 requiere cumplir con una serie de condiciones muy específicas. Algunas son nuevas, otras se han modificado con el nuevo reglamento. Aquí te las desglosamos paso a paso para que sepas exactamente qué necesitas.

1. No ser ciudadano de la Unión Europea, del EEE ni de Suiza

Este permiso está reservado para personas extranjeras de países fuera de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza. Si tienes nacionalidad de alguno de estos territorios, no puedes tramitar el arraigo social.

2. Acreditar residencia continuada en España durante 2 años

Debes demostrar que has vivido en España de forma continuada durante al menos 2 años previos a la solicitud, sin haber salido del país más de 120 días en total durante ese periodo.

¿Cómo se demuestra esto?

  • Empadronamiento
  • Facturas a tu nombre
  • Contratos de alquiler
  • Registros médicos
  • Certificados escolares (si tienes hijos)

3. Carecer de antecedentes penales

Tanto en España como en tu país de origen (y en los países donde hayas residido en los últimos 5 años), necesitas aportar certificados que acrediten que no tienes antecedentes penales.

Los certificados deben estar apostillados o legalizados, y traducidos oficialmente si no están en español.

4. Aportar vínculos familiares o demostrar medios económicos propios

Aquí es donde más cambia la figura del arraigo social en 2025:

Opción A: Tienes familiares directos legalmente residentes en España

  • Padres o hijos menores de edad
  • Cónyuge o pareja registrada
  • Padres mayores que dependan de ti

En este caso, deberás acreditar que tus familiares cuentan con medios económicos suficientes para sostenerte: nóminas, pensiones, cuentas bancarias, etc.

Opción B: No tienes familiares, pero cuentas con medios propios

Puedes solicitar el arraigo social acreditando que tienes recursos económicos suficientes para mantenerte sin necesidad de un empleo o ayuda pública. También entra aquí la opción de emprender como autónomo, siempre que presentes un plan de negocio viable.

Todavía no hay instrucciones específicas claras para estos supuestos, pero se espera que se desarrollen pronto.

5. Informe de esfuerzo de integración (si no tienes familiares)

Este informe es obligatorio si no tienes vínculos familiares en España. Lo expiden los servicios sociales de tu comunidad autónoma, y requiere que hayas realizado acciones concretas de integración:

  • Cursos de lengua y cultura española
  • Participación en actividades comunitarias
  • Certificados de formación o voluntariado

Es importante solicitarlo con antelación, ya que su tramitación puede demorar varias semanas.


Estos son los pilares básicos del nuevo arraigo social. Cumplir con todos ellos no garantiza la aprobación automática, pero es el primer paso indispensable. La clave está en presentar una solicitud sólida, bien documentada y adaptada a tu situación personal.

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Documentación y cómo presentarla paso a paso

Uno de los elementos clave para que tu solicitud de arraigo social 2025 sea aprobada es presentar toda la documentación correctamente. No se trata solo de tener los papeles, sino de demostrar con claridad que cumples cada requisito. Aquí te explico qué necesitas y cómo organizarlo paso a paso.

1. Formulario oficial EX-10

Este es el formulario de solicitud de autorización por circunstancias excepcionales.

  • Lo puedes descargar desde la web del Ministerio de Inclusión o pedirlo en extranjería.
  • Debes rellenarlo y firmarlo correctamente.

Asegúrate de marcar la casilla que corresponde a arraigo social, no confundir con otros tipos de arraigo.


2. Pasaporte completo y en vigor

Debes presentar tu pasaporte original, completo y vigente, junto con una copia de todas sus páginas (no solo la de la foto).

  • Si tienes documentos caducados, deberás justificar por qué no puedes renovarlos.
  • En caso de tener solo cédula de inscripción, también debes incluirla.

3. Empadronamiento y prueba de residencia de 2 años

Aporta el certificado histórico de empadronamiento, junto con otras pruebas que acrediten que has vivido en España durante al menos 2 años, con un máximo de 120 días de ausencia.

Pruebas válidas:

  • Recibos de luz, agua, teléfono
  • Citas médicas
  • Contratos de alquiler
  • Certificados escolares de tus hijos
  • Inscripción a cursos o talleres

4. Certificados de antecedentes penales

Debes aportar dos certificados:

  • Del país de origen: Legalizado/apostillado y traducido oficialmente si no está en español.
  • De España: Puedes solicitarlo online o en el Ministerio de Justicia.

Ambos deben tener menos de 3 meses de antigüedad.


5. Documentación familiar (si aplica)

Si tienes familiares residentes en España, presenta:

  • Copias de sus NIE o DNI
  • Certificados de empadronamiento conjunto
  • Partidas de nacimiento o matrimonio
  • Documentos que acrediten dependencia económica si la hay

6. Justificación de medios económicos

Si no tienes familiares, deberás presentar:

  • Extractos bancarios
  • Declaración de ingresos
  • Justificación de ahorros
  • Plan de negocio si vas a emprender (proyecto, inversión estimada, gastos, proyección)

7. Informe de esfuerzo de integración (si no tienes familia)

Solicítalo en servicios sociales de tu comunidad autónoma.
Debes haber realizado cursos, actividades o talleres relacionados con la integración (idioma, cultura, participación social). El informe lo emite el ayuntamiento tras valorar tu caso.


8. Justificante de pago de la tasa 790 código 052

  • Puedes pagarla en bancos colaborativos.
  • Debes llevar el justificante de pago el día de la cita.

¿Dónde y cómo presento la solicitud?

  1. Cita previa en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
  2. Acude con todos los documentos en original y copia.
  3. Entrega presencial. No se hace online.
  4. Te darán un resguardo con el número de expediente para seguimiento.

Tener la documentación completa y bien ordenada puede marcar la diferencia entre una solicitud aceptada o rechazada. Lo ideal es prepararla con tiempo, y si puedes, asesorarte con un profesional que revise tu caso antes de entregarlo.

Plazos, duración y renovaciones

Una vez presentada la solicitud de arraigo social 2025, es importante que sepas cuánto tarda el proceso, cuánto tiempo dura la autorización que te conceden, y cómo puedes renovarla más adelante. Aquí te explico cada paso con claridad para que puedas planificar con tranquilidad.

Plazo de resolución: hasta 3 meses

Una vez entregada toda la documentación, la Oficina de Extranjería tiene un plazo legal de 3 meses para resolver tu solicitud.

  • Si no recibes respuesta dentro de ese tiempo, se considera denegada por silencio administrativo.
  • En la práctica, algunas oficinas pueden tardar menos o algo más, dependiendo de la carga de trabajo.

Guarda bien el resguardo con el número de expediente que te dan al presentar la solicitud. Te permitirá hacer seguimiento online del estado.


Duración inicial del permiso: 1 año

Si tu solicitud es aprobada, recibirás una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de 1 año de duración.

Durante ese año podrás:

  • Solicitar el NIE (número de identidad de extranjero).
  • Acceder al sistema sanitario.
  • Realizar actividades laborales si obtienes un permiso de trabajo (que puedes tramitar en paralelo si tienes oferta laboral o negocio).

Renovación: cómo se hace y qué requisitos hay

Antes de que venza ese primer año, deberás tramitar la renovación de tu permiso. Esto es lo que necesitas:

1. Acreditar que sigues residiendo en España

  • Empadronamiento actualizado.
  • Pruebas de integración, actividad, formación o empleo.

2. Demostrar medios económicos

  • Si trabajas: contrato y nóminas.
  • Si eres autónomo: modelo 130 o 100, ingresos y facturación.
  • Si dependes de familiares: sus ingresos y empadronamiento conjunto.

3. No tener antecedentes penales ni policiales

  • Certificado actualizado en España.

¿Cuándo renovar?

Debes presentar la renovación dentro de los 60 días anteriores al vencimiento, o hasta 90 días después (aunque fuera de plazo hay más riesgo de denegación).


¿A qué tipo de permiso puedes acceder tras la renovación?

En la mayoría de los casos, podrás:

  • Pasar a una residencia con autorización de trabajo (si tienes actividad laboral).
  • Optar por una residencia por cuenta propia si eres autónomo.
  • O continuar bajo una residencia no lucrativa si dependes de familiares.

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Reglas especiales y casos prácticos

En la práctica, cada situación es única y la normativa sobre arraigo social 2025 contempla excepciones y casos especiales que conviene conocer para no perder oportunidades. Aquí te resumo los más relevantes y te doy ejemplos para que entiendas cómo aplicar la ley según tu perfil.

1. Arraigo social para solicitantes de asilo

Si has solicitado protección internacional (asilo) y tu trámite está en curso, puedes acogerte a un régimen transitorio especial hasta mayo de 2026 que permite presentar tu solicitud de arraigo social con ciertas flexibilidades, como plazos más amplios y documentación adaptada.

Este régimen transitorio está pensado para evitar que personas en situaciones vulnerables queden sin alternativas de regularización mientras esperan la resolución de su asilo.

2. Arraigo sin vínculos familiares ni medios económicos

Aunque el nuevo reglamento exige vínculos familiares o medios propios, puede haber excepciones si:

  • Presentas un proyecto de integración social sólido.
  • Aportas certificados de formación, voluntariado o participación comunitaria.
  • Cuentas con informes sociales que avalen tu esfuerzo y arraigo.

3. Autónomos y emprendedores

El arraigo social 2025 abre la puerta para quienes quieran desarrollar una actividad económica por cuenta propia (autónomos), siempre que puedas presentar:

  • Un plan de negocio viable y detallado.
  • Justificación de recursos económicos suficientes para empezar.
  • Permisos necesarios para la actividad concreta.

4. Ejemplos prácticos

  • Caso A: María lleva 2 años en España, sin contrato, pero su marido tiene residencia legal y buen empleo. María puede solicitar arraigo social acreditando ese vínculo familiar.
  • Caso B: José lleva 2 años, no tiene familiares, pero tiene ahorros y un plan para abrir una tienda. Puede optar al arraigo social como emprendedor.
  • Caso C: Ana solicitó asilo y está en proceso. Puede acogerse al régimen transitorio para tramitar su arraigo social antes de mayo de 2026.

Estas reglas y ejemplos te ayudan a ver que, aunque la ley es más estricta, sigue habiendo posibilidades para regularizar la situación si sabes cómo presentar tu caso.

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Preguntas frecuentes sobre el arraigo social 2025

Aquí respondo las dudas más habituales que suelen tener las personas interesadas en solicitar el arraigo social bajo la nueva normativa. Si tienes alguna pregunta que no aparece, dime y la añadimos.

¿Puedo renovar el arraigo social si cambia la normativa?

Sí. La renovación se realiza con la normativa vigente en el momento de la solicitud de renovación. Es importante mantener la documentación actualizada y cumplir los requisitos del momento.

¿Qué pasa si he superado los 120 días fuera de España?

Superar los 120 días de ausencia puede complicar la solicitud, ya que se exige residencia continuada. En algunos casos, se puede justificar la ausencia por causas excepcionales, pero siempre es un riesgo.

¿Cuánto cuesta tramitar el arraigo social?

La tasa administrativa es la 790 código 052, cuyo importe varía pero suele estar alrededor de 20-30 euros. Además, hay gastos asociados a obtener documentos como certificados o traducciones.

¿Qué diferencia hay entre arraigo social y sociolaboral?

  • Arraigo social: No requiere contrato de trabajo, se basa en vínculos familiares o medios económicos propios.
  • Arraigo sociolaboral: Requiere haber trabajado al menos 6 meses o contar con oferta de empleo.

¿Puedo solicitar el arraigo social si estoy en proceso de asilo?

Sí, existe un régimen transitorio especial hasta mayo de 2026 que facilita la solicitud para personas con expediente de asilo.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?

El plazo máximo es de 3 meses desde la presentación, pero puede variar según la oficina y la carga de trabajo.

¿Cómo afrontar el arraigo social 2025 con éxito?

El arraigo social 2025 es una figura legal que sigue siendo una vía vital para muchas personas extranjeras que desean regularizar su situación en España. Aunque los cambios normativos han ajustado sus requisitos y condiciones, con la información adecuada y una preparación cuidadosa, puedes maximizar tus posibilidades de éxito.

Recuerda que cumplir con los requisitos, presentar la documentación completa y actualizada, y demostrar un esfuerzo real de integración son los pilares fundamentales. Además, tener claro si tu caso encaja mejor con el arraigo social o con el sociolaboral puede ahorrarte tiempo y frustraciones.

Si quieres recibir ayuda personalizada para tramitar tu arraigo social o cualquier otro procedimiento de extranjería, no dudes en contactar con expertos que te acompañen en cada paso del proceso.

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