
Recibir una denegación del permiso de residencia por tener antecedentes policiales o penales puede sentirse como un portazo en la cara. Muchos extranjeros en España creen que con solo aparecer esos antecedentes, ya no hay nada que hacer. Pero eso no es cierto. La ley —y especialmente la jurisprudencia más reciente— está de tu lado, siempre que sepas cómo actuar.
En nuestro despacho de extranjería llevamos muchos casos como el tuyo, con una alta tasa de éxito incluso cuando hay antecedentes. Sabemos lo que duele sentir que te cierran las puertas por errores del pasado, por situaciones mal entendidas o por simples registros policiales que no terminaron en condena. Y sabemos cómo enfocar cada caso de forma individual, porque no hay dos historias iguales.
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Acompáñanos en este artículo, porque te vamos a explicar exactamente qué pasos dar, qué recursos legales existen y cómo puedes defender tu derecho a seguir construyendo tu vida en España, incluso con antecedentes.

¿Qué significa ser denegado por antecedentes policiales o penales?
Cuando recibes una resolución que deniega tu permiso de residencia por “tener antecedentes”, lo primero que hay que entender es de qué tipo de antecedentes estamos hablando. Porque no es lo mismo tener antecedentes penales que antecedentes policiales, y esta distinción es fundamental.
¿Qué son los antecedentes penales?
Los antecedentes penales son aquellos que figuran en el Registro Central de Penados. Se generan cuando una persona ha sido condenada por un juez mediante sentencia firme. Es decir, ha cometido un delito, ha habido juicio, y se ha impuesto una pena.
Esto no significa que automáticamente vayas a perder la residencia o se te vaya a denegar un permiso. Lo importante es analizar el tipo de delito, el tiempo transcurrido, si ya has cumplido la pena, y sobre todo, cómo has rehecho tu vida desde entonces.
Por ejemplo, hemos defendido con éxito a clientes que tenían una condena antigua pero demostraban arraigo, integración social, trabajo estable y familia en España.
¿Y los antecedentes policiales?
Estos no implican condena alguna. Se trata de registros que pueden aparecer simplemente por haber estado implicado en un procedimiento policial, aunque no haya juicio, ni delito probado, ni condena. A veces incluso por denuncias archivadas o identificaciones.
Y aquí está el gran problema: muchas denegaciones se basan en estos registros sin valorar el contexto, ni la gravedad, ni la existencia de una sentencia firme. Esto ha sido criticado por tribunales y organismos europeos.
De hecho, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dejado claro que no se puede denegar automáticamente un permiso por tener antecedentes, sin estudiar el caso concreto.
Antes de asumir que tu situación no tiene salida, necesitas saber qué tipo de antecedentes tienes y cómo se han interpretado en tu resolución. A partir de ahí, se puede trabajar una defensa sólida.

Sentencias clave que protegen tus derechos
Si te han denegado la residencia por tener antecedentes policiales o penales, es importante que sepas algo: no estás indefenso ante la Administración. En los últimos años, varias sentencias han marcado un antes y un después en la forma en que deben valorarse estos casos. Aquí te explicamos las más relevantes.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
Uno de los mayores avances en esta materia vino de la mano del TJUE en el año 2021. En los asuntos C‑503/19 y C‑592/19, este tribunal dejó claro que no se puede denegar automáticamente un permiso de residencia a una persona por tener antecedentes. La clave está en el análisis individual de cada caso.
¿Qué significa esto? Que la Administración está obligada a valorar:
- Tu grado de arraigo social, familiar o laboral.
- El tipo de antecedentes: ¿es una condena firme o solo un registro policial?
- La gravedad del hecho y si representa una amenaza real para el orden público.
- Si ha habido rehabilitación o integración desde entonces.
En resumen: no se trata solo de lo que hiciste, sino de quién eres ahora.
El Tribunal Supremo también lo ha dicho
En España, el Tribunal Supremo y muchos Tribunales Superiores de Justicia (como el de Navarra, Castilla-La Mancha o Baleares) han dictado sentencias anulando denegaciones que se basaban únicamente en los antecedentes. En varias de estas sentencias se remarca que no se puede aplicar un criterio automático ni desproporcionado, especialmente cuando hay vínculos familiares con menores, pareja estable o años de residencia.
Lo que puedes extraer de esto
Estas sentencias son herramientas clave a la hora de preparar un recurso. Pueden ayudarte a argumentar que tu situación merece ser reconsiderada, no por “burocracia”, sino por justicia. Y eso se defiende con hechos, documentación, informes y, sobre todo, una estrategia legal sólida.

Qué puedes hacer si te han denegado por antecedentes
Si has recibido una resolución negativa por tener antecedentes penales o policiales, lo primero que debes saber es que no todo está perdido. Tienes derecho a defenderte y existen vías legales para recurrir esa decisión. Pero hay que actuar rápido y con estrategia.
1. Analiza la resolución con un abogado especializado
No todos los casos se enfocan igual. Es vital que un abogado revise la motivación jurídica que ha usado la Oficina de Extranjería o la Subdelegación del Gobierno. Muchas veces encontramos que han aplicado un criterio automático, sin valorar tu caso en profundidad, lo cual ya de por sí puede anular la denegación.
Nosotros, por ejemplo, comenzamos por escuchar toda tu situación: tus antecedentes, el tiempo que llevas en España, si tienes hijos, pareja, trabajo, estudios… Porque eso es lo que marca la diferencia.
2. Prepara un recurso bien fundamentado
Tienes dos vías principales:
- Recurso de reposición: se presenta ante la misma administración que emitió la denegación. Es más rápido y económico, pero no siempre eficaz si ya se han cerrado en banda.
- Recurso contencioso-administrativo: se presenta ante el juzgado. Aquí es donde hemos conseguido muchas sentencias favorables. En estos casos podemos incluso pedir una medida cautelar para que no te expulsen ni te dejen en situación irregular mientras se resuelve el juicio.
3. Actúa dentro de los plazos
Los recursos no esperan. Tienes 1 mes para el recurso de reposición y 2 meses para el contencioso-administrativo desde que te notifican la denegación. No dejes pasar ese tiempo creyendo que “no hay nada que hacer”.
4. Presenta pruebas de tu arraigo
Es fundamental acompañar el recurso con documentación que demuestre que estás plenamente integrado en España. Por ejemplo:
- Contratos de trabajo o vida laboral
- Certificados escolares si tienes hijos
- Inscripción en cursos o actividades
- Informes de servicios sociales
- Testimonios de familiares, vecinos, empleadores…
Cada papel que aporte humanidad y solidez a tu historia suma.
No estás solo. Muchos casos como el tuyo han acabado en sentencias favorables. Pero necesitas defenderte de forma inteligente y con acompañamiento experto.

Recursos posibles y plazos legales
Una vez que te notifican la denegación de tu permiso de residencia, el tiempo empieza a correr. No basta con indignarse o desanimarse: hay que actuar. Existen dos vías legales para recurrir la resolución, y elegir la correcta depende de tu caso y de la estrategia que se quiera seguir.
1. Recurso de reposición
Es el primer paso que se puede dar y se presenta ante el mismo órgano administrativo que emitió la denegación. Tiene estas características:
- Plazo: 1 mes desde la notificación.
- Ventajas: más rápido, no requiere abogado ni procurador, sin coste judicial.
- Inconvenientes: rara vez cambia la opinión de la administración que ya resolvió negativamente.
Puede tener sentido si hay errores evidentes o documentación que no se valoró. En otros casos, es más eficaz ir directamente al juzgado.
2. Recurso contencioso-administrativo
Se presenta ante los tribunales, y es donde realmente se puede obtener una revisión imparcial y en profundidad del caso.
- Plazo: 2 meses desde la notificación.
- Requiere: abogado y procurador.
- Ventajas: posibilidad de obtener una medida cautelar que frene los efectos de la denegación (como una expulsión o la pérdida de regularización).
- Es la vía más potente si tu caso está bien fundamentado y hay arraigo o vulnerabilidad.
En nuestro despacho hemos defendido con éxito muchos contenciosos por este motivo, logrando que se suspendieran las consecuencias negativas y, en muchos casos, que el juez estimara el recurso.
3. Medida cautelar: una herramienta vital
Este recurso especial se solicita junto al contencioso y busca que no se apliquen los efectos de la denegación mientras se resuelve el caso.
Es crucial para evitar que te quedes sin papeles, sin poder trabajar, o en riesgo de expulsión. El juez la concede si se acredita:
- Arraigo claro
- Daño grave e irreparable si no se suspende la denegación
- Viabilidad jurídica del recurso
Cada día cuenta. El plazo no se detiene y las opciones cambian según cómo actúes. Por eso, recurrir con un enfoque estratégico es clave.

Factores que mejoran tus posibilidades
Cuando se trata de recurrir una denegación por antecedentes, no todo depende del pasado. En muchos casos, lo que marca la diferencia es tu situación actual, tu grado de integración en España y las pruebas que puedas aportar de ese arraigo.
Estas son las claves que más valoran los jueces y la administración:
1. Arraigo familiar
Uno de los factores más potentes. Si tienes hijos nacidos o escolarizados en España, pareja estable, cónyuge, padres o familiares dependientes, estás demostrando que tienes un núcleo de vida aquí.
- Certificados de empadronamiento conjunto
- Certificados escolares de tus hijos
- Libro de familia o parejas de hecho inscritas
2. Arraigo laboral
Si estás trabajando —o incluso si puedes demostrar tu disposición a trabajar—, estás aportando a la sociedad y eso pesa.
- Contrato laboral
- Vida laboral actualizada
- Informe de empresa sobre tu desempeño
- Justificante de búsqueda activa de empleo (en algunos casos)
3. Tiempo de residencia en España
Cuantos más años lleves aquí, más difícil es justificar que no tienes vínculos. Especialmente si estás empadronado de forma continuada o has tenido permisos anteriores concedidos.
- Histórico de empadronamientos
- Antiguos NIE o resoluciones favorables
- Registros de seguridad social
4. Cancelación o antigüedad de los antecedentes
Si ha pasado un tiempo desde que se produjo el hecho que generó los antecedentes, o si ya has solicitado su cancelación, eso también ayuda.
- Certificados de cancelación
- Documentación que acredite cumplimiento de condena o archivo de la causa
5. Apoyo social o comunitario
Testimonios, informes de servicios sociales, cartas de apoyo de asociaciones, ONG o personas que puedan dar fe de tu conducta y compromiso con la vida en España.
Mostrar tu evolución y tu voluntad de seguir aportando es clave. El sistema no está pensado para castigar eternamente, sino para valorar tu situación global y actual.

Qué puede ofrecerte nuestra asesoría
En situaciones tan delicadas como una denegación por antecedentes, lo que marca la diferencia no es solo saber la ley, sino saber cómo aplicarla en tu caso concreto. Y eso es precisamente lo que hacemos en nuestro despacho.
Experiencia específica en extranjería y antecedentes
No tratamos estos temas como algo general. Llevamos años trabajando exclusivamente en extranjería, y especialmente en casos con antecedentes penales o policiales. Sabemos cómo enfocar cada defensa, qué argumentar, qué documentos presentar y, sobre todo, cómo demostrar que tú mereces una segunda oportunidad.
Alta tasa de sentencias favorables
Nuestro historial incluye decenas de resoluciones favorables incluso en casos que al principio parecían perdidos. ¿Por qué? Porque sabemos analizar cada detalle: el contexto, el arraigo, la evolución personal… No nos limitamos a “presentar un recurso”, construimos una defensa sólida y humana.
Nos desplazamos por toda España
Aunque tenemos base en una ciudad, nos movemos allí donde esté tu juicio. Hemos defendido casos en Pamplona, Zaragoza, Gran Canaria, Sevilla, y muchas más. Lo importante es que estés acompañado cuando más lo necesitas.
Atención personalizada y humana
Aquí no vas a recibir una respuesta automática. Vamos a escucharte, entender tu historia, estudiar a fondo tu caso y darte una estrategia adaptada a ti. Porque cada cliente es único, y cada caso requiere un enfoque distinto.
Si quieres aplicar esto con la ayuda de un experto que ya ha acompañado a decenas de personas como tú, puedes reservar una sesión personalizada aquí → asesoría de extranjería

Preguntas frecuentes
Aquí respondemos las dudas más comunes de quienes se enfrentan a una denegación por antecedentes. Si te sientes identificado con alguna, es muy probable que tu situación tenga solución.
¿Y si solo tengo antecedentes policiales?
Los antecedentes policiales no implican condena, y no deberían ser motivo suficiente para denegar un permiso. La jurisprudencia más reciente insiste en que se debe valorar el caso individualmente. Muchos jueces han anulado resoluciones basadas únicamente en este tipo de registros.
¿Puedo recurrir aunque ya haya pasado un tiempo?
Depende del tiempo que haya pasado. Si estás dentro de los plazos legales (1 mes para reposición, 2 meses para contencioso), aún puedes recurrir. Si ya se agotaron, se puede explorar la vía de nueva solicitud con nueva documentación, o incluso reabrir el expediente si hay nuevas circunstancias.
¿Es posible cancelar mis antecedentes?
Sí, tanto los penales como los policiales pueden ser cancelados bajo ciertas condiciones. La cancelación de antecedentes penales requiere haber cumplido la pena y respetar unos plazos sin delinquir. Los policiales pueden solicitarse al Ministerio del Interior, justificando que ya no tienen relevancia.
¿Me pueden expulsar por esto?
Solo en casos graves o reincidentes. Pero si presentas un recurso y pides medida cautelar, puedes suspender la ejecución de la denegación y evitar la expulsión mientras el juez revisa tu caso.
¿Puedo trabajar mientras recurro?
Si el permiso estaba en vigor cuando presentaste el recurso, puedes seguir trabajando. Si ya había vencido, necesitas que el juez conceda la medida cautelar para recuperar esa situación. Por eso es clave actuar rápido y bien asesorado.
